EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES FISCALES PARTE 1

EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES FISCALES PARTE 1

Amigos, el tema que hoy deseo abordar es el de la extinción de las obligaciones fiscales de acuerdo a nuestra legislación.

Empezaremos comentando acerca del porqué y cuándo surge una obligación. El fundamento está en el artí­culo 31, fracción IV de nuestra Constitución, en donde se establece que los ciudadanos están obligados a contribuir para los gastos públicos. Surge por la necesidad de formar una sociedad que debe contar con los servicios básicos necesarios o indispensables para vivir como son: el agua, drenaje, educación, salud, etc.

Asimismo, nace cuando realizamos el hecho generador del impuesto. En un capí­tulo posterior, repasaremos los tipos de contribuciones que existen.

Entonces, para cumplir con nuestras obligaciones (contribuciones) debemos de entender la palabra extinción, que se refiere a que dichas obligaciones han quedado saldadas. Los medios de extinción de las obligaciones fiscales son:

• El pago
• La compensación
• La exención
• La caducidad
• La prescripción

En esta intervención analizaremos el pago. El pago es el método más común que conocemos y con éste queda diluido el nexo jurí­dico entre el contribuyente y el Estado. (Es importante señalar que cualquier forma de extinción está sujeta a ser verificada. El cual será tema en otra ocasión).

Ahora bien, el pago puede ser en efectivo, quizás sea el método más usado, entregando un bien o servicio o de cualquiera de las otras formas antes mencionadas, como extinción de las obligaciones fiscales.



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